Por Miguel Díaz Román
La empresa Durán Hermanos Inc, radicada en Mayagüez, ha presentado una demanda contra la Asociación de Garantías y Seguros Misceláneos (AGSM), en la que solicita al Tribunal que el organismo cumpla con lo dispuesto en la póliza que suscribió la aseguradora Integrand Assurance Company, la cual obliga a proveer cubierta separada para cada una de sus ocho propiedades afectadas por el huracán María y aplicar por separado a cada localidad el límite de $300.000, que el organismo debe imponer por ley.
La AGSM es la entidad que paga las reclamaciones de los aseguradores insolventes que han sido sometidos por la Oficina del Comisionado de Seguros (OCS) a un proceso de liquidación, el cual es supervisado por el tribunal.
Integrand Assurance Company fue intervenida por la OCS luego de que el 25 de septiembre de 2019 el Tribunal de Primera Instancia de San Juan emitió una orden de liquidación por insolvencia contra de aseguradora al amparo del capítulo 40 del Código de Seguros.
Además, la empresa, que está representada en el pleito por su vicepresidente, Manuel Durán Durán, sostiene que la AGSM se ha negado «de manera dolosa y temeraria» a ajustar y pagar las pérdidas causadas por el huracán María en sus ocho propiedades, por lo que la empresa se reserva el derecho a enmendar la demanda para reclamar las pérdidas, los intereses asociados y los gastos en que ha incurrido en reparaciones realizadas a las propiedades.
También se propone reclamar las costas y honorarios de abogado por la alegada «temeridad y mala fe» de la AGSM.
La demanda, que fue radicada el pasado I de junio de 2026, sería el segundo pleito que se invoca la intervención de tribunal para que la AGSM aplique el llamado límite estatutario de $300,000 de manera individual a las propiedades involucradas en una reclamación y evite que reclamaciones con varias propiedades se ajusten y paguen de manera colectiva en un solo pago utilizando el límite estatutario.
La primera demanda contra la AGSM fue radicada el pasado 8 de abril de 2026 por los operadores independientes de 35 restaurantes de la conocida empresa de comida rápida Mc Donalds.
Los mismos abogados
En la demanda, los operadores independientes impugnaron la determinación de la AGSM de emitir un solo pago para compensar colectivamente a los 35 restaurantes por las pérdidas que causaron los huracanes Irma y María.
Los operadores reclamaron $4,559,721 millones en reclamaciones separadas pero la AGSM presentó una oferta de pago colectiva de $112,573.00 para los daños causados por el huracán Irma y de $300,000.00 para la reclamación del huracán María.
El cálculo del pago propuesto se produjo luego de ajustar las reclamaciones de los restaurantes según el límite estatutario de $300,000. Los operadores reclaman que el límite estatutario se aplique individualmente a la reclamación de cada uno de los restaurantes y no de manera colectiva.
La representación legal de la empresa Durán Hermanos Inc. está integrada por los abogados del bufete Weisbrod Matteis & Copley PLLC, Juan Saavedra Castro, Lourdes Gómez Vedo y Luz Rodríguez Ruiz.
De hecho, estos son los mismos abogados de los operadores independientes de los restaurantes Mc Donalds.
De la demanda se desprende que la empresa Durán Hermanos Inc. reclamó $466,421.00 por las pérdidas causadas por el huracán María en las ocho propiedades, las cuales están ubicadas en la zona urbana del pueblo de Mayaguez.
Seis años sin atender la reclamación
El 20 de diciembre de 2019 la empresa presentó su reclamación ante la OCS.
No obstante, pasados seis años desde que la reclamación fue asignada a la AGSM «esta no tiene base razonable ni justificable para rehusarse a pagarle a la parte demandante por las pérdidas reclamadas a causa de los daños ocasionados por la tormenta de viento del huracán María», según sostiene la demanda.
El documento alega que la AGSM se ha rehusado a realizar «una investigación razonable a base de la información disponible privándole al demandante del pago justo de la pérdida a la cual tiene derecho».
Otra alegación es que la AGSM no ha cumplido con el propósito de la asociación que es «evitar pérdidas financieras a los reclamantes o tenedores de pólizas que se topen con la insolvencia sobrevenida de una aseguradora tal como sucedió en este caso».
Además, la demanda señala que la AGSM «no ha hecho un intento de buena fe para hacer un ajuste rápido, justo y equitativo de la reclamación». Esta situación, alegadamente, «ha obligado a la parte demandante a instituir el presente litigio para recuperar las cuantías adeudadas al amparo de los términos de la póliza y de los límites estatutarios».
Rechazan oferta
La demanda revela que la aseguradora Integrand Assurance realizó una oferta de pago para las ocho localidades que no fue aceptada por la parte demandante. Pero en esa oferta, según concluye la demanda, surgen las justificaciones para la aplicación del límite estatutario para cada una de las ocho propiedades.
Según sostiene la demanda, la aseguradora «aplicó deducibles separados a la pérdida cubierta que surgió de cada uno de los ocho locales y al hacerlo, Integrand Assurance demostró que el huracán María ocasionó ocho ocurrencias separadas bajo la póliza, una para cada propiedad asegurada y cada una con sus propios límites de cubiertas».
«Por lo tanto. el límite legal de $300,000.00 por evento, según dispone el Código de Seguros en el artículo 38.080 para las reclamaciones presentadas a la AGSM, aplica por separado a cada localización asegurada bajo la póliza», argumenta la demanda.
De hecho, la demanda contiene una solicitud de sentencia sumaria en la que se explica que la AGSM «está obligada a cumplir con el contrato suscrito entre Integrand Assurance Company y la parte demandante, según lo dispone el artículo 38.080», el cual rige las funciones y límites de la AGSM.
El límite estatutario
El citado artículo dispone, entre otros asuntos, que la AGSM «satisfará sus obligaciones con respecto a las reclamaciones cubiertas de conformidad con los términos, condiciones y límites de la póliza del asegurador insolvente».
Luego establece lo que se ha llamado como el límite estatutario, cuando dispone que «en ningún caso la asociación pagará en exceso de trescientos mil ($300,000) dólares por evento independientemente del número de reclamantes».
Finalmente la demanda exige el pago de las ocho reclamaciones por los daños causados en las propiedades, los cuales ascienden a $466,421.00.
Además, exige que la AGSM sea condenada a pagar interés por mora, las costas del caso, los intereses pre sentencia y los honorarios de abogado «como resultado de la obstinación y temeridad de la parte demandada en rehusar injustificadamente a proveer cubierta, ajustar y pagar prontamente la reclamación de la parte demandante».










