Fallido intento de investigar el redondeo en la legislatura

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Por Miguel Díaz Román 

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Debido a que  el gobierno federal dejará de producir monedas de un centavo, el Senado aprobó una medida  que crea un sistema uniforme y obligatorio para el redondeo de pagos en efectivo al múltiplo de cinco centavos más cercano, la cual ha sido puesta en duda por otra medida que propone investigar el uso del redondeo ante la posibilidad de que los consumidores enfrentan aumentos en el costo de los productos de consumo y en determinadas transacciones.

La primera medida, el Proyecto del Senado 1288, fue radicado por el senador Gregorio Matías Rosario, y la segunda, la Resolución del Senado 547, fue presentada por la senadora Nitza Morán Trinidad.

No obstante, pese a las implicaciones que podría tener el redondeo, pues de acuerdo cómo se aplique puede beneficiar a los consumidores, quienes podrían recibir una reducción en el precio,   o a las empresas, quienes podrían obtener una ganancia, especialmente en transacciones con un alto volumen, ambas medidas no lograron el total  aval legislativo. 

En la Cámara de Representantes el PS 1288 fue referido a una Comisión y la RS 547 se colgó en el Senado debido a que recibió un informe negativo.

El PS 1288 dispone que el redondeo sólo aplicará a transacciones en efectivo una vez calculados los impuestos y prohíbe que los comerciantes manipulen los precios para obtener beneficios.

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Además, le exige a los comercios informar claramente al consumidor sobre el ajuste realizado y faculta al Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) y al Departamento de Hacienda a fiscalizar su cumplimiento. 

La medida no propone investigar las implicaciones del redondeo, tampoco atiende las transacciones electrónicas e ignora los pagos con tarjetas, cheques, ATH Móvil, transferencias electrónicas ni otros métodos de pago digital. 

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También evade sumergirse en territorios financieros de mayor calado como los contratos de venta condicional de automóviles, contratos de arrendamiento, financiamiento para pólizas de seguros, préstamos de consumo, préstamos hipotecarios y productos financieros de cantidades limitadas, que suelen ser utilizados por familias de bajos ingresos limitados. 

Hacia arriba, hacia abajo

La RS 547 ordena a la Comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo del Senado investigar los efectos de la terminación en la producción de centavos y el uso del redondeo en las transacciones en efectivo. 

Pero la medida advierte que los préstamos, las hipotecas, las tarjetas de crédito, las líneas de crédito, las cuentas de ahorro y otros productos bancarios y de cooperativas se podrían afectar con el redondeo.

La resolución argumenta que según dejen de circular los centavos en el mercado, los negocios que manejan efectivo podrían tener que redondear los totales al múltiplo de cinco centavos más cercano cuando no puedan dar el cambio exacto.

La medida presenta un cuestionamiento inescapable: ¿quién asume la diferencia cuando un total se redondea hacia arriba (a favor de los comercios) o hacia abajo (a favor del consumidor)?

Luego advierte que el cambio no solo afectará a los consumidores que realizan compras en efectivo, sino a los pequeños y medianos negocios y también repercutirá en las transacciones bancarias y en las cooperativas. 

La medida plantea que es necesario establecer reglas claras para evitar que el sistema de redondeo representa un alza en el costo para los consumidores, especialmente para aquellos que no tienen acceso al pago electrónico, que es un territorio en el que suelen transitar los sectores económicamente más desventajados.

Posible efecto en compras rutinarias

Incluso, la RS 547 plantea que los pagos en efectivo que no sean múltiplos de cinco centavos podrían generar dudas sobre cómo tratar los abonos a capital, los intereses, los cargos por servicio, las comisiones y los cargos por morosidad.

La exposición de motivos de la resolución afirma que el cambio podría afectar las compras rutinarias en Puerto Rico, donde “numerosos bienes y servicios desde compras pequeñas en colmados y panaderías, hasta pagos de gasolina o consumos en restaurantes, se siguen fijando y cobrando al centavo”.

La medida cita un análisis del Banco de la Reserva Federal de Richmond y afirma que el redondeo puede operar como un «impuesto al redondeo» cuando los precios terminan en 9 centavos o cuando los ajustes tienden a favorecer el redondeo al alza.

El informe negativo contra la RS 547, firmado por el presidente del Senado, Thomás Rivera Schatz, también menciona que la Reserva Federal de Richmond concluyó que cuando el redondeo se aplica de manera neutral al total final de una compra, los efectos económicos promedio sobre los consumidores y comerciantes resultan mínimos y tienden a compensarse mutuamente. 

Controversia «especulativa» 

«Estos hallazgos sugieren que los posibles efectos económicos asociados a la desaparición gradual del centavo son considerablemente más limitados de lo que se presume con frecuencia en el debate público», establece el informe negativo.

De hecho, el informe cataloga la controversia planteada por la resolución como «especulativa» porque  «se fundamenta en escenarios futuros cuya magnitud real aún no puede determinarse».

El informe negativo descarta que el redondeo provoque efectos adversos en las transacciones en efectivo, al mencionar que datos de la Reserva Federal reflejan que «solo alrededor del 14% de los pagos realizados por consumidores estadounidenses se efectúan en efectivo».

También rechaza la posibilidad de que las transacciones a través de tarjetas de crédito, tarjetas de débito y otros medios electrónicos se vean afectadas por el redondeo porque «continúan liquidándose exactamente al centavo».

En su informe Rivera Schatz se inclina a favor de PS 1288.  «A tales fines, mediante Ia consideración de dicha iniciativa Legislativa (el PS 1288), se atienden los asuntos medulares que la resolución (la RS 547) ante la consideración de esta Comisión propone investigar.Por todo lo cual, la comisión de Asuntos Internos del Senado de Puerto Rico no recomienda la aprobación de Ia Resolución del Senado 547».

Ni aumento de precio ni cargo adicional

En el redondeo hacia abajo, que es favor del consumidor, si el total de la factura termina en 1, 2, 6 o 7 centavos, el precio baja al múltiplo de 5 más cercano, lo que implica que el consumidor paga menos. 

Si la transacción termina en .01 o .02 centavos, baja a .00.  Por ejemplo, si el total a pagar es $10.02 baja a $10.00. 

En cambio, si termina en .06 o .07 centavos baja a .05 centavos. Por ejemplo, si el total a pagar es $10.07, el precio baja a $10.05. 

En el redondeo hacia arriba, que es a favor del comercio, si el total a pagar termina en 3, 4, 8 o 9 centavos, el precio sube al múltiplo de 5 más cercano. Esto implica que el consumidor pagará un poco más.

Si la transacción termina en .03 o .04 centavos, sube a .05 centavos. Por ejemplo, si la compra asciende a $10.03 sube a $10.05. 

Pero si la compra termina en .08 o .09 centavos, sube a .10 centavos. Por ejemplo, si el precio de la compra es $10.08 sube a $10.10. 

El PS 1288 dispone que el redondeo se realizará «de manera automática, uniforme y sin discreción del comerciante» de la siguiente manera:

Cuando el total termine en uno (1) o dos (2) centavos, se redondeará hacia abajo; cuando termine en tres (3) o cuatro (4) centavos, se redondeará hacia arriba; cuando termine en seis (6) o siete (7) centavos, se redondeará hacia abajo; y cuando termine en ocho (8) o nueve (9) centavos, se redondeará hacia arriba. La medida no indica por qué se seleccionó esa fórmula. 

También sostiene que las cantidades terminadas en cero (0) o cinco (5) centavos no serán alteradas. Además, el PS 1288 declara que » el ajuste realizado en virtud de esta ley no se considerará un aumento de precio ni un cargo adicional al total de la transacción. El redondeo podrá aplicarse, finaliza la medida, al total de la transacción o al cambio entregado, siempre que el resultado final cumpla con la metodología establecida.

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