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CSM prevé alza en seguros para autos si Tribunal falla contra la depreciación

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Por Miguel Díaz Román

La Cooperativa de Seguros Múltiples (CSM) sostuvo que una decisión judicial en contra de la aplicación de un descuento por depreciación en las piezas de automóviles causará el colapso de la estabilidad económica y financiera de las aseguradoras con alta concentración en seguros de automóviles y encarecerá a niveles intolerables las primas de estos seguros en detrimento de los consumidores.

Incluso, la CSM advirtió que una determinación judicial en su contra afectaría adversamente el capital de la aseguradora, lo que requerirá una revisión de la clasificación grado A- emitida por la casa acreditadora AM Best, “desde la perspectiva de su liquidez, monto de capital y adecuada protección a sus asegurados”.

En una moción radicada el pasado 15 de mayo, la CSM le solicitó a la jueza Iris Cancio González, del Tribunal Superior de San Juan, que reconsidere la resolución que emitió el pasado 30 de abril de 2024, y la invitó a emitir un fallo a su favor y desestimar la demanda radicada en contra de la aseguradora por el alegado uso ilegal de la depreciación.

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La moción de reconsideración fue presentada por varios abogados entre los que figura el licenciado Julio Nigaglioni Arrache.

La demanda fue presentada por la ciudadana Lynette Rodríguez Flores, quien es una asegurada de la CSM y quien sostiene que la aseguradora utilizó la depreciación para reducir el monto a pagar por una reclamación que radicó, tras enfrentar un accidente con el vehículo asegurado.

En la citada resolución la jueza Cancio González ordenó a la CSM establecer la legalidad de la aplicación de un descuento por depreciación en las piezas de automóviles relacionada con una reclamación de pérdida parcial presentada por Rodríguez Flores.

La jueza también exigió a la CSM presentar la razonabilidad del método utilizado para calcular la depreciación y los fundamentos para aplicar dicho descuento.

Alegan menoscabo al contrato de seguros

Además, la jueza instruyó a Rodríguez Flores a “avalarse de los mecanismos de descubrimiento de prueba para obtener aquella evidencia necesaria para poner al Tribunal en condiciones de evaluar si se cumplen los requisitos de la Regla 20.1 para certificar un pleito como uno de clase”.

En reacción a la moción de reconsideración la jueza concedió un término de 20 días para que la parte demandante se exprese en relación al pedido de la CSM.

En la moción de reconsideración la CSM sostuvo que el rechazo del Tribunal al uso de la depreciación “constituye un disparo al alma del principio de indemnización del valor real de la pérdida, lo cual menoscaba sustancialmente la naturaleza intrínseca del contrato de seguros, pues brinda un espacio abismal a que el asegurado procure beneficios económicos ajenos al seguro”.

La moción también expresa que una determinación en contra del uso de la depreciación causará un alza en las primas de seguros para autos y advierte que las numerosas reclamaciones judiciales relacionadas con sucesos catastróficos recientes han causado un incremento en el reaseguro.

“La multiplicidad de reclamaciones judiciales a todas luces improcedentes, como la presente, nuestra jurisdicción ha sufrido un rudo golpe en su capacidad de procurar capas de reaseguro y consecuente transferencia de los riesgos asumidos en beneficio de los asegurados y el público consumidor”, indica el documento.

De hecho, la moción sostiene que la aplicación de un ajuste por depreciación, no se limita a los casos de reclamaciones de pérdidas totales, sino que aplica a toda pérdida causada por un peligro asegurado, aunque sea una pérdida parcial.  

Surge veto del gobernador

“Esto, por virtud de que la limitación de responsabilidad contenida en la póliza incluye como uno de los parámetros el valor real en efectivo del vehículo, al momento de la pérdida. De acuerdo con principio de indemnización antes descrito, el valor real en efectivo del vehículo corresponde al valor depreciado del mismo, luego de tomar en consideración el efecto del uso, desgaste y obsolescencia en el costo de reposición de este”, alega la moción.

Otro argumento a favor del uso de la depreciación, la CSM aludió al texto de un veto recientemente emitido por el gobernador Pedro Pierluisi en contra del Proyecto del Senado 376, una medida que establecía una prohibición contra el uso de la depreciación en determinados casos.

El PS 376 sostenía que “ante una reclamación de un tercero, un seguro de responsabilidad pública de vehículos no puede realizar un descuento de depreciación al valor de reemplazo de las piezas del vehículo de motor ni tampoco ofrecer una pieza de reemplazo cuando la original está disponible en el mercado”.

“Al aprobar la enmienda propuesta, las compañías aseguradoras estarían obligadas a pagar el valor de reemplazo original del total de las piezas del vehículo del tercero perjudicado. De la misma manera no podrán realizar un descuento de depreciación a la labor de reparación o instalación de dichas piezas”, indica la exposición de motivos de la medida.

Errada la decisión del Tribunal

El texto del veto del gobernador citado en la moción señala que “la enmienda propuesta, además de violatoria al principio de indemnización, constituye una intromisión indebida en los contratos de seguros entre las partes y pudiera representar un menoscabo de las obligaciones contractuales. Como sabemos, el que el gobierno menoscabe obligaciones contractuales está prohibido por las constituciones de Estados Unidos y de Puerto Rico”.

En otra argumentación, la moción considera errada la decisión del Tribunal de no conceder deferencia a unas cartas emitidas por la Oficina del Comisionado de Seguros, en las cuales esa oficina se expresa a favor del uso de la depreciación.

La jueza Cancio González indicó que las cartas de la OCS no merecen deferencia judicial porque no están firmadas por el Comisionado de Seguros ni por personas que lleven el título de jueces administrativos.

De acuerdo con la demanda radicada contra la CSM, el vehículo de Rodríguez Flores resultó averiado en un accidente en octubre de 2020, tras lo cual la aseguradora estimó los costos de reparación en $4,544.07.

Pero del desglose de pagos presentado por la ajustadora de CSM, Ana Bauzá Rosas, surge que al costo neto de piezas necesarias para reparar el vehículo se le aplicó un “descuento” de 25%, una depreciación por 30%, y el deducible de $250, establecido en la póliza, lo redujo el monto a pagar por la reclamación a $3,859.15.

Luego, el esposo de Rodríguez Flores, el señor Richard Dunnam, cuestionó el uso de la depreciación y adujo que era incorrecto. Como resultado de esa queja, la CSM determinó que la depreciación aplicable era de 20 % y no 30 %. Finalmente, al aplicar la depreciación de un 20% la CSM restó $681.61 y determinó que el pago neto debía ascender a $4,199.96.

No obstante, según la narración que surge de la decisión de la jueza Cancio González, en la póliza emitida a favor de la demandante por la CSM no se establece que se aplicará una depreciación por el costo de las piezas para reparar el vehículo en caso de un accidente y mucho menos indica cómo se calculará esa depreciación.

Si está establecido en la póliza que se utilizará el mecanismo de la depreciación ante un escenario en que el automóvil se declare pérdida total.

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